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Ley Vigente

Artículo 7. Competencias de la Junta de Castilla y León.

Artículo 7 de la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León. · BOE-A-2019-4455

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-05.

Texto consolidado

Serán competencias de la Junta de Castilla y León:

a) Establecer y aprobar las líneas generales de la política físico-deportiva de la Comunidad, promoviendo el asociacionismo deportivo, la difusión de los beneficios de la práctica del ejercicio físico saludable, la integración y normalización de la práctica deportiva de las personas con discapacidad y la mejor preparación de los diferentes agentes de la actividad físico-deportiva.

b) Aprobar los planes autonómicos en el ámbito de la actividad físico-deportiva.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-06-05.

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