Artículo 7. Publicidad.
Artículo 7 de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. · BOE-A-2007-5585
Atención: Ley 3/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
No se dará publicidad sin autorización especial de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de la persona.
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