Artículo 7. Datos protegidos.
Artículo 7 de la Ley 2/2020, de 22 de octubre, de Estadística de Aragón. · BOE-A-2020-14695
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-10-31.
Texto consolidado
Quedarán protegidos por el deber de secreto estadístico los datos que, con independencia de que hayan sido obtenidos directamente de los informantes o de fuentes administrativas, permitan la identificación directa de los informantes o, por su estructura, contenido o grado de desagregación, permitan su identificación indirecta.