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Ley Derogada

Artículo 7. Régimen de tenencia del ganado.

Artículo 7 de la Ley 2/2005, de 4 de abril, de contratos de integración. · BOE-A-2005-6973

Atención: Ley 2/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El contrato de integración no transfiere la propiedad al integrado, el cual tiene las cabezas de ganado en depósito mientras dura el contrato y en ningún caso puede disponer de las mismas o gravarlas por su cuenta, salvo que se haya estipulado otra cosa en el contrato.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-07-13.

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