Artículo 7. Organización.
Artículo 7 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia. · BOE-A-2002-8628
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-05-07.
Texto consolidado
1. El Centro Nacional de Inteligencia se adscribe orgánicamente al Ministerio de Defensa.
2. Su organización, régimen económico-presupuestario y de personal se desarrollará en régimen de autonomía funcional bajo la figura de Organismo público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar.
3. El Centro Nacional de Inteligencia se estructura en una Dirección, cuyo titular tendrá rango de Secretario de Estado, una Secretaría General y en las unidades que se determinen reglamentariamente.