Artículo 7. Subvenciones para seguros agrarios combinados.
Artículo 7 de la Ley 1/2022, de 14 de enero, de Medidas Tributarias y Administrativas de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2022-4919
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-02-08.
Texto consolidado
A partir del cuadragésimo tercer Plan de Seguros Agrarios, la Comunidad Autónoma contribuirá al sistema estatal de seguros agrarios combinados a través de la concesión directa de subvenciones complementarias de las estatales, por la contratación de las pólizas de seguros agrarios combinados que tengan por objeto explotaciones agrarias de Castilla-La Mancha, pudiéndose incrementar el crédito de las convocatorias con el único límite de los créditos establecidos en la correspondiente Ley de Presupuestos para tal fin, tramitándose si fuese preciso la oportuna modificación presupuestaria.