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Ley Vigente

Artículo 7. Atribuciones del Consejo de Gobierno.

Artículo 7 de la Ley 1/2013, de 24 de mayo, de medidas de reestructuración del sector público autonómico. · BOE-A-2013-8930

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-06-01.

Texto consolidado

En relación con el SEPA corresponde al Consejo de Gobierno del Principado de Asturias:

a) Establecer las directrices generales en el ámbito de sus competencias, propias o de ejecución, en las que hayan de enmarcarse los criterios, programas y acciones del SEPA.

b) Nombrar y cesar a los vocales del Consejo Rector.

c) Nombrar y separar al Gerente, a propuesta del Consejo Rector.

d) Aprobar el proyecto de presupuesto del SEPA.

e) Aprobar el reglamento de organización, funcionamiento y régimen interior y su estructura administrativa, así como la relación de puestos de trabajo, el catálogo de puestos de trabajo y la oferta pública de empleo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-06-01.

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