Artículo 7. Marco legal de protección.
Artículo 7 de la Ley 1/1999, de 17 de marzo, del Estatuto de los Productores e Industriales Agroalimentarios de las Illes Balears. · BOE-A-1999-8272
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-25.
Texto consolidado
Los legítimos intereses económicos y sociales de los productores e industriales agroalimentarios deberán ser respetados en los términos establecidos en esta Ley y en la legislación general sobre producción y comercialización agroalimentaria.