Artículo 7.
Artículo 7 del Instrumento de Ratificación del Acta de Fundación de la Organización Iberoamericana de Juventud (OIJ), hecha en Buenos Aires el 1 de agosto de 1996. · BOE-A-1997-16369
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-07-17.
Texto consolidado
Las reformas a la presente Acta serán aprobadas por la Conferencia Iberoamericana de Ministros Responsables de Juventud, requiriéndose una mayoría de dos tercios de los Estados miembros.