Artículo 7. Pago.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-21.
Texto consolidado
El pago anticipado de la subvención se efectuará en el número de cuenta bancaria de titularidad del beneficiario declarado en su solicitud de la ayuda, no siendo posible la cesión del derecho al cobro de la misma.
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- Ver la norma completa: Decreto-ley 3/2021, de 16 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias de gestión administrativa y económica de las ayudas incluidas en el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.