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Ley Foral Vigente

Artículo 7 bis. Desafectación del uso comunal.

Artículo 7 bis de la Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de Vías Pecuarias de Navarra. · BOE-A-1998-2915

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-02.

Texto consolidado

Los actos administrativos que aprueben la clasificación, deslinde o modificación de trazados de vías pecuarias, implicarán simultáneamente la desafectación del uso comunal si afectasen a terrenos comunales.#df-5

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-04-02.

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