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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 7.bis.2-3 Justificación.

Artículo 7.bis.2-3 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-31.

Texto consolidado

La tasa por la prestación de servicios y la realización de actividades administrativas de inspección de consumo a las empresas prestadoras de servicios básicos se justifica con la prestación del servicio constitutivo del hecho imponible.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-03-31.

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