Artículo 69. Infracción administrativa.
Artículo 69 de la Ley 8/2022, de 24 de junio, de caza y gestión cinegética de La Rioja. · BOE-A-2022-11228
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-29.
Texto consolidado
Se considera infracción administrativa de caza toda acción u omisión tipificada como tal, que vulnere las prescripciones de esta ley y disposiciones que la desarrollen.