Artículo 69.
Artículo 69 de la Ley 6/1998, de 13 de marzo, de Pesca Marítima. · BOE-A-2011-20039
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-04-21.
Texto consolidado
La responsabilidad derivada de una infracción se extingue por el pago o cumplimiento de la sanción y por prescripción.