El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 69. Actuaciones aisladas.

Artículo 69 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. · BOE-A-1999-12599

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-09-19.

Texto consolidado

1. Las actuaciones aisladas pueden tener por objeto:

a) Completar o rehabilitar la urbanización de las parcelas de suelo urbano consolidado, a fin de que alcancen o recuperen la condición de solar, o bien edificar los solares o rehabilitar las construcciones existentes en los mismos. A tal efecto, pueden desarrollarse, mediante gestión pública o privada:

1.º Actuaciones de urbanización.

2.º Actuaciones de normalización.

3.º Actuaciones de urbanización y normalización.

b) Ejecutar los sistemas generales y demás dotaciones urbanísticas públicas, así como ampliar los patrimonios públicos de suelo, en toda clase de suelo. A tal efecto pueden desarrollarse, mediante gestión pública:

1.º Actuaciones de expropiación.

2.º Actuaciones de ocupación directa.

3.º Actuaciones mediante obras públicas ordinarias, conforme a la legislación de régimen local.

2. La gestión de las actuaciones aisladas puede ser:

a) Pública, asumiendo la condición de urbanizador el Ayuntamiento u otra de las entidades citadas en el primer apartado del artículo 67.

b) Privada, asumiendo la condición de urbanizador los propietarios u otras personas que adquieran dicha condición conforme a lo previsto en esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-09-19.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2008-16156.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 5/1999

En El Vínculo puedes leer Ley 5/1999 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.