Artículo 69. Extinción.
Artículo 69 de la Ley 2/2011, de 22 de marzo, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-6874
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-25.
Texto consolidado
Las federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana se extinguen por las siguientes causas:
1. Por resolución judicial.
2. Por las previstas en sus estatutos.
3. Por revocación de su reconocimiento y la consiguiente cancelación de la inscripción por la administración deportiva de la Generalitat, cuando no se cumplan los requisitos que motivaron dichos actos administrativos o se incumplan los objetivos para los que fue creada.
4. Por la no ratificación de su inscripción provisional.
5. Por su integración en otra federación autonómica.
6. Por inactividad manifiesta y continuada durante un período de dos años.
7. Por las demás causas previstas en el ordenamiento jurídico.