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Ley Vigente

Artículo 69. Extinción.

Artículo 69 de la Ley 2/2011, de 22 de marzo, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-6874

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-25.

Texto consolidado

Las federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana se extinguen por las siguientes causas:

1. Por resolución judicial.

2. Por las previstas en sus estatutos.

3. Por revocación de su reconocimiento y la consiguiente cancelación de la inscripción por la administración deportiva de la Generalitat, cuando no se cumplan los requisitos que motivaron dichos actos administrativos o se incumplan los objetivos para los que fue creada.

4. Por la no ratificación de su inscripción provisional.

5. Por su integración en otra federación autonómica.

6. Por inactividad manifiesta y continuada durante un período de dos años.

7. Por las demás causas previstas en el ordenamiento jurídico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-03-25.

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