Artículo 69. Visibilización de las lesbianas.
Artículo 69 de la Ley 13/2025, de 29 de diciembre, de los derechos de las personas LGBTI y la erradicación de la LGBTI-fobia. · BOE-A-2026-8073
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-20.
Texto consolidado
Las administraciones públicas deben llevar a cabo actuaciones específicas para recuperar y dar a conocer la genealogía de las organizaciones y los colectivos lesbofeministas con el objetivo de reparar la invisibilización de las lesbianas, tanto en la lucha por la conquista de los derechos de las mujeres y de los colectivos LGBTI como en la represión que sufrieron durante el régimen franquista y mientras existió el Patronato de Protección de la Mujer.