Artículo 68. Competiciones y exhibiciones.
Artículo 68 de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León. · BOE-A-2021-12058
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-08.
Texto consolidado
1. La organización de competiciones deportivas oficiales de caza se reserva a la Federación de Caza de Castilla y León y a la Federación Castellano-Leonesa de Galgos.
2. Las competiciones y exhibiciones podrán realizarse en aquellos cotos en que así se acuerde entre las partes, previa autorización de la Consejería.