Artículo 68. Competencias.
Artículo 68 del Decreto Legislativo 3/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2023-14052
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-30.
Texto consolidado
1. Las competencias atribuidas a la intervención y al desarrollo de la función interventora se ejercerán en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma por la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
2. En todo caso, la competencia atribuida por el párrafo segundo del artículo 12 de esta Ley podrá ser delegada en favor de las personas titulares de las Intervenciones Delegadas que dependerán funcionalmente de la Intervención General. No obstante, quien sea titular de la Intervención General podrá avocar para sí cualquier actuación fiscalizadora que considere oportuna.
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