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Ley Orgánica Vigente

Artículo 67. Seguridad y competencias en materia penitenciaria.

Artículo 67 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. · BOE-A-2007-5825

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-20.

Texto consolidado

1. Corresponden a la Comunidad Autónoma competencias de ejecución en materia de seguridad ciudadana y orden público en los términos que establezca la legislación del Estado.

2. Corresponden a la Comunidad Autónoma competencias ejecutivas en materia de seguridad privada cuando así lo establezca la legislación del Estado.

3. Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia ejecutiva en materia penitenciaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-03-20.

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