Artículo 67. Elaboración del Proyecto Constructivo.
Artículo 67 de la Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas. · BOE-A-2002-8352
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-03-16.
Texto consolidado
Una vez aprobado el Decreto Foral de actuación en infraestructuras agrícolas, y a la vista de la evolución de la concentración parcelaria, se elaborarán los Proyectos Constructivos redactándolos de acuerdo con lo especificado en el artículo 9.2 de esta Ley Foral.