Artículo 67. Nombramiento del Presidente o Presidenta.
Artículo 67 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón. · BOE-A-2005-14406
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-25.
Texto consolidado
1. El Presidente o Presidenta del Consejo Social será nombrado mediante Decreto del Gobierno de Aragón de entre los miembros del Consejo Social que sean representantes de los intereses sociales a propuesta del titular del Departamento competente en materia de educación universitaria y oído el Rector o Rectora.
2. El mandato del Presidente o Presidenta será de cuatro años, a contar desde la publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de Aragón, y sin perjuicio de la posibilidad de su renovación por una sola vez.
3. El Presidente o Presidenta del Consejo Social podrá ser cesado por Decreto del Gobierno antes de la finalización de su mandato.