Artículo 67. Protección contra el tráfico de menores.
Artículo 67 de la Ley 12/2008, de 3 de julio, de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2008-14050
Atención: Ley 12/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Generalitat deberá adoptar las medidas oportunas para garantizar que los menores no sean objeto de ningún tipo de tráfico, de venta o de sustracción.