Artículo 67. Competencia.
Artículo 67 de la Ley 10/2022, de 23 de diciembre, del tiempo libre educativo para la infancia y la juventud de las Illes Balears. · BOE-A-2023-2979
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-29.
Texto consolidado
Los consejos insulares, de conformidad con su distribución de competencias, determinarán los órganos competentes para iniciar, instruir o resolver los expedientes sancionadores por las infracciones que recoge esta ley.