Artículo 67. Sanciones.
Artículo 67 de la Ley 1/2011, de 7 de febrero, de protección civil y atención de emergencias de La Rioja. · BOE-A-2011-3637
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-01.
Texto consolidado
1. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 50.001 a 2.000.000 de euros.
2. Las infracciones graves se sancionarán con multa de 5.001 a 50.000 euros.
3. Las infracciones leves se sancionarán con multa de 100 a 5.000 euros.
4. El apercibimiento se aplicará cuando la entidad de la infracción leve haga excesiva la imposición de multa y no existiere reincidencia.
5. El Gobierno de La Rioja actualizará las cuantías de las sanciones periódicamente de acuerdo con la variación del índice de precios.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-1480.