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Real Decreto Vigente

Artículo 66. Régimen en materia disciplinaria.

Artículo 66 del Real Decreto 129/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios de Arquitectos y de su Consejo Superior. · BOE-A-2018-4957

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-13.

Texto consolidado

1. Corresponde al Pleno de Consejeros la resolución de los expedientes disciplinarios de la competencia del Consejo Superior según lo previsto en el artículo 44.3.

2. El Reglamento interno del Consejo regulará el procedimiento disciplinario con arreglo a lo establecido en el capítulo VIII del Título I de estos Estatutos y de acuerdo con la legislación aplicable. Se podrá prever la constitución de una Comisión de Régimen Disciplinario como órgano dotado de autonomía funcional, con el cometido de asumir la instrucción de los expedientes y formular las oportunas propuestas de resolución al Pleno de Consejeros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-04-13.

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