Artículo 66. Actualización de la cuantía de las sanciones.
Artículo 66 de la Ley 4/2003, de 26 de marzo, de Conservación de Espacios Naturales de La Rioja. · BOE-A-2003-7528
Atención: Ley 4/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
A partir de los tres años de la entrada en vigor de la presente Ley, el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería competente en materia de medio ambiente, podrá actualizar periódicamente, mediante Orden, la cuantía de las sanciones a imponer. La actualización deberá ser proporcional al incremento que hayan sufrido los Índices de Precios al Consumo publicados anualmente por el Instituto Nacional de Estadística.