Artículo 65.
Artículo 65 de la Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza. · BOE-A-2024-17642
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-08-31.
Texto consolidado
La Junta Directiva se reunirá en sesión ordinaria, al menos, una vez al año. Las demás sesiones serán extraordinarias.
La convocatoria, que corresponde al Presidente, deberá ser notificada a sus miembros con cuarenta y ocho horas, por lo menos, de antelación, salvo casos de urgencia, acompañada del orden del día.
Las sesiones convocadas en casos de urgencia serán siempre extraordinarias.