Artículo 65. Procedimiento de aprobación y modificación de los proyectos de interés autonómico.
Artículo 65 de la Ley 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. · BOE-A-2025-2145
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-01.
Texto consolidado
1. La aprobación y la modificación de los proyectos de interés autonómico para la creación de suelo residencial, recogidos en esta subsección, se regirán por las previsiones de la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, junto con las especialidades siguientes.
2. En los procedimientos de aprobación y modificación de proyectos de interés autonómico para la creación de suelo residencial se aplicarán las medidas de agilización procedimental previstas en el artículo 25 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.