Artículo 65. Escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios.
Artículo 65 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. · BOE-A-2021-21653
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.
Texto consolidado
Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley, la escala a que hace referencia el párrafo primero del artículo 43 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, será la siguiente:
Escala
Transmisiones Directas
–
Euros
Transmisiones Transversales
–
Euros
Rehabilitaciones y reconocimiento de títulos extranjeros
–
Euros
1.º Por cada título con grandeza.
2.865
7.181
17.217
2.º Por cada grandeza sin título.
2.048
5.134
12.293
3.º Por cada título sin grandeza.
817
2.048
4.928