Artículo 65. Hecho imponible.
Artículo 65 del Decreto Legislativo 1/2025, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2025-8489
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-05.
Texto consolidado
Constituye el hecho imponible de esta tasa la formación de expedientes, impresos y expedición de los títulos y certificados académicos y profesionales y sus duplicados por el departamento competente en materia de educación.