Artículo 64.
Artículo 64 de la Resolución de 6 de junio de 2013, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Pesca y Casting. · BOE-A-2013-6895
Atención: BOE-A-2013-6895 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las Federaciones Territoriales se rigen por la Legislación Española General, por las específicas de la Comunidad Autónoma a la que pertenecen, por sus Estatutos y Reglamentos y, además, por sus propias disposiciones de orden interno.
2. En todo caso, se deberán reconocer expresamente a la Federación, tanto las competencias que le son propias como las públicas de carácter administrativo que le corresponden, en uno y otro caso, en virtud de lo que establezca la Ley del Deporte en vigor, las disposiciones y/o decretos que la regulen, los presentes Estatutos y su Reglamento General.