Artículo 64.
Artículo 64 de la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca. · BOE-A-2007-1896
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-31.
Texto consolidado
El municipio de Palma de Mallorca tiene las competencias atribuidas por la presente Ley, las que le atribuyen las demás normas legales y las que le sean delegadas por otras administraciones públicas.