Artículo 63. Infracciones muy graves.
Artículo 63 de la Ley 5/2004, de 7 de mayo, de Ordenación Vitivinícola. · BOE-A-2011-18154
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-05-25.
Texto consolidado
Son infracciones muy graves las tipificadas en el artículo anterior cuando de las mismas resulte un daño muy grave o se derive un peligro muy grave e inminente para las personas o el medio ambiente.