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Ley Vigente

Artículo 63. Disposiciones generales.

Artículo 63 de la Ley 4/2017, de 12 de julio, de Industria de las Illes Balears. · BOE-A-2017-10495

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-21.

Texto consolidado

1. Constituyen infracciones administrativas las acciones u omisiones tipificadas como tales en los siguientes artículos.

2. Cuando el órgano competente en materia de industria considere que las infracciones puedan ser constitutivas de delito o falta, dará traslado de estas al Ministerio Fiscal y se abstendrá de proseguir el procedimiento sancionador hasta que se pronuncie la autoridad judicial.

3. La sanción penal excluye la imposición de sanción administrativa, siempre que exista identidad de sujetos, hecho y fundamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-07-21.

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