Artículo 63. Material audiovisual.
Artículo 63 de la Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia. · BOE-A-2010-10213
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-02.
Texto consolidado
No está permitido vender ni alquilar a niños o adolescentes materiales audiovisuales o multimedia, como videojuegos u otros, que contengan mensajes contrarios a los derechos y a las libertades fundamentales reconocidos por el ordenamiento jurídico vigente, que inciten a la violencia y a actividades delictivas, al consumo de sustancias que puedan generar dependencia, a cualquier tipo de discriminación o que tengan contenido pornográfico. Asimismo, no está permitido proyectar estos materiales en locales o espectáculos en los que se admite la asistencia de niños o adolescentes ni difundirlos entre estos por cualquier medio, ni tampoco ofrecerlos o exponerlos de modo que estén libremente a su alcance.