Artículo 624-10. Conmutación de la prestación.
Artículo 624-10 de la Ley 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, y de modificación de los libros primero, segundo, tercero, cuarto y quinto. · BOE-A-2017-2466
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-01.
Texto consolidado
La autoridad judicial, a solicitud de una de las partes del contrato de alimentos, puede declarar la conmutación de la prestación por una renta dineraria en los siguientes casos:
a) Si en el cumplimiento del contrato surgen diferencias continuadas y graves entre las partes.
b) Si la obligación de prestar alimentos se ha transmitido a los herederos de la persona obligada a prestarlos.
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- Ver la norma completa: Ley 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, y de modificación de los libros primero, segundo, tercero, cuarto y quinto.