Artículo 62.
Artículo 62 de la Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Pesca y Casting. · BOE-A-2024-10215
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-21.
Texto consolidado
Los recursos económicos de la FEPyC deberán estar depositados en entidades bancarias o de ahorro a nombre de dicha entidad, siendo necesarias dos firmas conjuntas, autorizadas por la Presidencia, para la disposición de estos.