Artículo 62. Desarrollo reglamentario del régimen de infracciones y sanciones.
Artículo 62 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. · BOE-A-2007-13828
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-09-25.
Texto consolidado
Las disposiciones reglamentarias de desarrollo podrán introducir especificaciones o graduaciones al cuadro de las infracciones o sanciones establecidas legalmente que, sin constituir nuevas infracciones o sanciones, ni alterar la naturaleza o límites de las que la ley contempla, contribuyan a la más correcta identificación de las conductas o la más precisa determinación de las sanciones correspondientes.