Artículo 61. Patrimonio y recursos económicos.
Artículo 61 de la Resolución de 19 de diciembre de 2019, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Comisión. · BOE-A-2019-18622
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-12-29.
Texto consolidado
1. La CNMV tendrá patrimonio propio, independiente del patrimonio del Estado.
2. Los recursos de la CNMV están integrados por los siguientes bienes, valores e ingresos:
a) Los bienes y valores que constituyan su patrimonio y los productos y rentas de los mismos.
b) Las tasas que perciba por la realización de sus actividades o la prestación de sus servicios.
c) Las transferencias que, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, efectúe el Ministerio de Economía y Empresa.