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Ley Vigente

Artículo 61. Distintivo de buenas prácticas en materia de participación.

Artículo 61 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón. · BOE-A-2015-5332

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-10.

Texto consolidado

El Gobierno de Aragón creará un distintivo para reconocer experiencias destacadas en el ámbito de la promoción de la participación ciudadana. Reglamentariamente se determinará el procedimiento y condiciones de concesión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-07-10.

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