Artículo 61. Funciones.
Artículo 61 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón. · BOE-A-2005-14406
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-25.
Texto consolidado
La Comisión mixta Gobierno de Aragón-Universidad de Zaragoza podrá adoptar acuerdos e iniciativas en los siguientes ámbitos:
a) Cuantas actuaciones puedan contribuir al fomento de la calidad docente e investigadora de la Universidad de Zaragoza.
b) Seguimiento de la financiación de la Universidad de Zaragoza y sus efectos.
c) Estudios que puedan encargarse a la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón.
d) Seguimiento de los contratos-programa que no cuenten con una organización específica de control y vigilancia de sus efectos.
e) Cuantas actuaciones puedan contribuir a la mejora de las relaciones de la Universidad de Zaragoza con la sociedad.