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Ley Vigente

Artículo 61. Personas responsables.

Artículo 61 de la Ley 2/2014, de 28 de marzo, de Centros Museísticos de Castilla y León. · BOE-A-2014-4333

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-03.

Texto consolidado

1. Serán responsables de las infracciones administrativas en materia de centros museísticos las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, que realicen los hechos constitutivos de aquellas.

2. Serán responsables subsidiarios de las infracciones cometidas por el personal vinculado al centro museístico cuando consientan la conducta infractora expresa o tácitamente o no adopten las medidas necesarias para evitarla:

a) Los directores y administradores de los centros museísticos.

b) Los titulares o, en su caso, los gestores de los centros museísticos.

3. La responsabilidad será solidaria cuando sean varios los responsables y no sea posible determinar el grado de participación de cada uno de ellos en la realización de la infracción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-06-03.

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