Artículo 61. Tipo impositivo y cuota tributaria.
Artículo 61 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas. · BOE-A-2004-1739
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-10.
Texto consolidado
La cuota tributaria será el resultado de aplicar a la base liquidable los siguientes tipos impositivos:
1. 10.000 euros por metro cúbico de residuo radiactivo de baja y media actividad.
2. 2.000 euros por metro cúbico de residuo radiactivo de muy baja actividad.
Se modifica por el art. 5 del Decreto-ley 4/2010, de 6 de julio. Ref. BOJA-b-2010-90059
Se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación del artículo por auto del TC de 20 de julio de 2004. Ref. BOE-A-2004-14531
Téngase en cuenta el auto del TC de 27 de febrero de 2007, que declara la extinción del proceso por desistimiento del recurrente. Ref. BOE-A-2007-5439
Se suspende la vigencia y aplicación del artículo, desde el 30 de marzo de 2004 para las partes del proceso y desde el 18 de mayo de 2004 para los terceros, por providencia del TC de 27 de abril de 2004, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 2102/2004. Ref. BOE-A-2004-9245
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 6 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-90059.