Artículo 61. Integración social.
Artículo 61 de la Ley 12/2008, de 3 de julio, de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2008-14050
Atención: Ley 12/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Generalitat velará por la integración social plena, activa y efectiva de los menores, así como por el acceso al sistema público de acción social, en especial de aquéllos que por cualquier circunstancia o condición encuentren dificultades para ello o puedan ser objeto de trato discriminatorio.