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Decreto Legislativo Derogada

Artículo 61.

Artículo 61 del Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco. · BOE-A-2014-5595

Atención: Decreto Legislativo 1/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La recolección de invertebrados con fines de autoconsumo no requerirá autorización salvo regulación específica. La Administración foral podrá definir para cada aprovechamiento las cantidades consideradas con fines de autoconsumo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-05-20.

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