Artículo 60. Nuevas actuaciones en relación con el coste del agua desalinizada procedente de las instalaciones (IDAM) de titularidad de la Administración General del Estado.
Artículo 60 del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía. · BOE-A-2023-26452
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-29.
Texto consolidado
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico establece, para el año 2024, los siguientes importes por metro cúbico de agua, IVA excluido, que deben satisfacer los usuarios de regadío de la demarcación hidrográfica del Segura de las siguientes infraestructuras:
Infraestructura
Tarifa riego
(Euros/m3)
Lugar de aplicación
IDAM Alicante I y II.
0,362
A pie de planta.
IDAM San Pedro I y II.
0,362
A pie de planta.
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- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.