Artículo 60. Actuaciones ilícitas en el Patrimonio Arqueológico.
Artículo 60 de la Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra. · BOE-A-2005-20981
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-02-25.
Texto consolidado
Son ilícitas las siguientes actuaciones:
a) Las intervenciones arqueológicas practicadas sin la preceptiva autorización o que contravengan gravemente los términos en que ésta fuera concedida.
b) La realización de remociones de terreno y de exploraciones superficiales, con objeto de descubrir restos arqueológicos sin contar con la debida autorización.
c) Las remociones de tierra, demoliciones y cualesquiera otras actuaciones que pudieran destruir, dañar o poner en peligro el Patrimonio Arqueológico realizadas tras haberse producido un hallazgo en las condiciones descritas en el artículo 59.1 de la presente Ley Foral y que incumplan los deberes de comunicación y suspensión de obras.