Artículo 60. Bonificación.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-01.
Texto consolidado
Se establece una bonificación de la cuota tributaria de cinco millones de euros si el total de emisiones rutinarias de elementos radiotóxicos al medioambiente durante el período impositivo es inferior en más de un 1% a la media de emisiones de los tres períodos impositivos anteriores.
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