Artículo 60.
Artículo 60 del Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria. · BOE-A-1974-1358
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-09-06.
Texto consolidado
En los cementerios municipales corresponden a los Ayuntamientos los derechos y deberes siguientes:
a) El cuidado, limpieza y acondicionamiento del cementerio.
b) La distribución y concesión de parcelas y sepulturas.
c) La percepción de derechos y tasas que procedan por la ocupación de terrenos y licencias de obras.
d) El nombramiento y remoción de empleados.
e) Llevar el registro de sepulturas en un libro foliado y sellado.